Designaciones públicas
Designaciones públicas
Por Rubén Alonso
Publicado originalmente el 12 de septiembre de 2016 en Milenio Jalisco.
La eficiencia y eficacia, pero en particular la fortaleza de las instituciones pública descansan en diversos factores, pero dos son fundamentales: su naturaleza y andamiaje jurídico intrínsecamente ligado a su integración con los perfiles idóneos y adecuados. En México, como en Jalisco, se crean instituciones a la primera de ya para atender una necesidad o dar solución a uno o varios problemas. Quedan de maravilla, pero al momento de integrar esas instituciones se va a la borda al convertirse en repartición de espacios, de plazas, de cuotas, donde los perfiles de aquellos que son designados apenas se acercan a lo que se requiere y/o responden a intereses ajenos e incluso mezquinos.
Las autoridades electas mediante el sufragio ciudadano y directo obtienen con sus triunfos una facultad de trascendencia institucional: integrar órganos de estado e instituciones. Así, tanto el Presidente de la República, los Gobernadores, los presidentes municipales con sus Ayuntamientos, las Cámaras de Diputados y Senadores, los Congresos locales, integran mediante designación el Poder Judicial (ministros y magistrados), y éste a jueces; órganos Constitucionales (INE, INAI, Banco de México, INEGI, por citar algunos en el ámbito nacional, pero con sus símiles en Jalisco: ITEI, IEPC, CEDHJ) e instituciones como los organismos públicos de estado. ¿Y por qué no los puestos directivos de primero nivel de las instituciones públicas?
A la vista, un tema nodal nacional está la integración de quienes operarán el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), y en Jalisco, antes de julio de 2018, deberá hacerse lo propio en la fiscalía, en los órganos de control, etc. Y si ampliamos el «botín» o «pastel», están otras designaciones: magistrados del Supremo Tribunal, magistrados del Tribunal de los Administrativo, ITEI, etc.
La elección-designación reciente de comisionados del ITEI, al final, dejó un sabor agridulce, pero ofrece elementos a corregir, perfeccionar y replicar en otros procesos similares y para otras instituciones. Necesario es esto, pero conveniente y urgente sería incorporar la iniciativa ciudadana del observatorio ciudadano de los procesos de designación de los servidores públicos que lo integran Fundar y Artículo 19 (ver http://bit.ly/2cEvDKW). Observar, documentar, discutir en público, participar es fundamental (ver: http://bit.ly/2cNL1Fv). Que lo público se trate y decida en público.
Foto: Ilaria Coradazzi