Corrupción, las reglas cambian
Corrupción, las reglas cambian
Por Rubén Alonso
Publicado originalmente el 20 de junio de 2016 en Milenio Jalisco.
Con candados en la publicidad de las declaraciones patrimonial, intereses y fiscal de todos los servidores públicos del país a través de una plataforma digital nacional, y el incorporar a dichas obligaciones a «cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o contrate bajo cualquier modalidad con Entes públicos de la Federación, de las Entidades Federativas y los municipios» así como a las «personas físicas presten sus servicios o reciban recursos de las personas morales» antes señaladas, o sea, a quienes contraten o subcontraten (artículos 28 y 32 de lo que será la Ley General de Responsabilidades Administrativas), el Congreso de la Unión aprobó las nuevas normas con las que operará el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA). Ver dictamen: http://bit.ly/1Ox1rmc
El SNA, en su conjunto, representa un gran avance para combatir la corrupción. Claro, habrá que ver cómo se integra y opera en los tres órdenes de gobierno, para lo cual se contará con un año para su armonización, creación de normas y estructuras, en cuanto el titular del Poder Ejecutivo federal sancione y publique el dictamen en el Diario Oficial de la Federación.
Sin embargo, los puntos que merecen por ahora atención particular implican voluntades e intenciones que podrían pervertir el SNA.
En cuanto a la publicidad-transparencia de las declaraciones patrimonial, de intereses y fiscal, habrá que considerar lo que Immanuel Kant señala en «La paz perpetua» (1795): «Sin publicidad no hay justicia», y «son injustas todas las acciones que se refieren al derecho de otros hombres cuyos principios no soporten ser hechos públicos».
Sobre la incorporación de «personas físicas y morales» que reciban y ejerzan, directa o a través de éstos recursos públicos o contratos de cualquier tipo, además de incorporar la otra cara de la corrupción, pues «¿o cuál es más de culpar, aunque cualquiera mal haga: la que peca por la paga o el que paga por pecar?» (Sor Juana Inés de la Cruz), se abre un modelo con actores que requiere revisión, no exclusión, para que el combate a la corrupción no se convierta en un sistema inhibidor del desarrollo y la economía. La carga de la publicidad, estimo, debe estar de origen en quien «invita» aportando todo para no abrir sospechas; y en «quien se ofrece», si de motu proprio pide entrar al terreno público; es decir, distinguir para que cada quien ponga lo que le corresponde.